Las facturas de honorarios tienen particularidades —retención de IRPF, suplidos, tasas, provisiones de fondos— que no todos los programas manejan bien. Esto es lo que tu despacho debe saber y exigir.
Si ejerces como autónomo persona física, VeriFactu te es exigible desde el 1 de julio de 2026. Si tu despacho es una sociedad (S.L., S.L.P., comunidad de bienes con personalidad mercantil), la obligación ya corre desde el 1 de enero de 2026. En ambos casos: cada factura de honorarios debe emitirse desde un sistema certificado conforme al RD 1007/2023, con registro inalterable y código QR.
Emitir desde una plantilla de Word, un Excel o un programa de hace años dejó de ser una opción legal. Las sanciones son de hasta 50.000 € por ejercicio para el usuario del software no conforme.
La factura de un despacho no es una factura cualquiera. Tu software debe manejar sin trucos:
Ojo con un matiz habitual: la provisión de fondos que cobras por adelantado es una entrega a cuenta y, en general, debe facturarse (y, por tanto, registrarse en el sistema VeriFactu) en el momento del cobro. Los suplidos, en cambio, se documentan cuando se repercute el gasto pagado por cuenta del cliente. Un buen programa te permite distinguir ambos conceptos sin malabares; un programa genérico de tiendas online, no.
De lo que hemos probado, para despachos de 1 a 10 letrados las opciones más equilibradas son Holded (gestión integral del despacho) y Quipu (si trabajas muy integrado con tu asesoría). Para el letrado individual que solo quiere facturar bien y barato, Billin. Tienes el análisis completo en nuestra comparativa de programas VeriFactu.